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Seguros y Riesgos Empresariales 

La Responsabilidad Civil Estacionamiento Accesorio

Actualizado: 29 dic 2021

Un cliente se presenta en tu oficina para reclamarte que su automóvil fue golpeado en el estacionamiento de tu negocio. Muy molesto te solicita que le pagues los daños y amenaza con demandarte. ¿Sabes cual es la respuesta más adecuada? Si cuentas con un seguro, ¿Conoces sus alcances?



En este post, revisaremos las obligaciones que tienen las empresas que ofrecen a sus clientes este servicio, describiremos la forma en como pueden protegerse contra eventos desfavorables y terminaremos haciendo algunas recomendaciones.


Tipos de Estacionamiento


Una forma de clasificar los estacionamientos es en: Privados y Públicos.


Se entiende por estacionamiento privado a las áreas destinadas a cubrir las necesidades propias de una empresa así como las que se generen con motivo de su actividad. Lo anterior, siempre y cuando, que el servicio otorgado sea gratuito.


El estacionamiento público corresponde a aquel espacio destinado en forma principal a la prestación al público del servicio de recepción, guarda, protección y devolución de vehículos, a cambio del pago de la tarifa autorizada.


El estacionamiento público puede operar bajo la modalidad de autoservicio o bajo la modalidad de acomodadores. La Ley de Establecimientos Mercantiles y el Reglamento de Estacionamientos Municipales (o sus similares) aplican exclusivamente para los Estacionamientos Públicos.


El Estacionamiento Privado


Este el caso de la empresa que brinda espacios de estacionamiento a sus clientes de manera gratuita. No se entrega boleto al cliente y por lo tanto, no existe ningún tipo de evidencia del depósito de la unidad. Bajo estas circunstancias, la empresa únicamente estará obligada a responder ante sus clientes por los daños que directamente haya causado a sus unidades.


En el caso de Robo Total o Parcial, de un golpe por parte de otra unidad, Vandalismo, etc. no tiene ninguna responsabilidad. El causante directo del daño es quien tendría que responder ante el afectado.


A manera de ejemplo, si en el estacionamiento gratuito de una tienda de conveniencia, el automóvil de uno de sus clientes sufre un golpe por parte de otra unidad, el conductor de la unidad que dio el golpe será quien tenga que responder. No tiene responsabilidad la tienda de conveniencia.


El Estacionamiento Público de Autoservicio


Este es el caso de los estacionamientos que proporcionan un boleto a la entrada y en los que es el propio usuario el responsable de ingresar y estacionar su unidad. Cabe mencionar, que el boleto de estacionamiento es un boleto de depósito, y este documento es fundamental para cualquier reclamación, pues es la prueba de que el estacionamiento es el depositario de la unidad y el dueño de la unidad es el depositante.


Los estacionamientos de autoservicio tienen algunas obligaciones, entre las que destacamos:

a) Emitir boletos (que son “boletos de depósito”) a cada uno de los usuarios.

b) Contar con iluminación suficiente durante el tiempo que permanezca en operación el estacionamiento

c) Tener señalización clara y suficiente para el control de entradas, salidas y circulación en el estacionamiento.

d) Contar con un Seguro de Responsabilidad Civil que garantice a los usuarios el pago de los daños que pudieran sufrir en su persona, en sus bienes o en su vehículo, por Robo Total del Vehículo o por Incendio del Inmueble donde se depósito el vehículo, cuando éste último sea atribuible al estacionamiento.


El Estacionamiento Público con Acomodadores

Existen algunas obligaciones adicionales que se solicitan en términos de ley para estos estacionamientos, destacando:

a) El servicio de acomodadores deberá ser operado por personal del mismo establecimiento mercantil o por un tercero. En este último caso, el titular del establecimiento será obligado solidario por cualquier tipo de responsabilidad.

b) El personal encargado de prestar el servicio, deberá contar con licencia de manejo vigente, uniforme e identificación.

c) La póliza de seguro de responsabilidad civil que se contrate deberá contar adicionalmente con las siguientes coberturas: Colisiones o vuelcos durante las maniobras realizadas por los acomodadores

d) Los estacionamientos serán responsables por los objetos que se dejen dentro del vehículo, siempre y cuando el usuario haya hecho del conocimiento de tal circunstancia al encargado del estacionamiento, mediante inventario al ingresar a éste.


La Cobertura de Responsabilidad Civil Estacionamiento Accesorio


Esta cobertura está diseñada para proteger a cualquier negocio cuya actividad principal sea distinta a la de estacionamiento y que proporciona eL servicio en forma complementaria. Es el caso de los hoteles, hospitales o universidades que proporcionan espacios de estacionamiento a sus clientes.


La cobertura protege por daños a vehículos propiedad de terceros que se encuentren bajo su custodia, control o responsabilidad por los siguientes riesgos:

· Incendio y/o Explosión

· Robo Total de Vehículo

· Uso de elevadores o rampas


En el caso de estacionamientos que operan bajo el sistema de acomodadores, se ampara adicionalmente la responsabilidad civil del asegurado por:

· Colisiones o vuelcos durante las maniobras de vehículos realizadas dentro del inmueble

· Rotura de Parabrisas y/o cristales, por cualquier causa


Los riesgos antes mencionados, están cubiertos en un radio de acción no mayor a 5 kilómetros de la ubicación del estacionamiento que opere bajo el sistema de acomodadores, siempre y cuando los vehículos sean trasladados por actividades relacionadas a su resguardo.


La contratación de esta cobertura, garantiza el cumplimiento de la obligación de contratar el seguro (misma que viene estipulada en los diferentes Reglamentos de Estacionamiento Municipales), y protege a la empresa contra los riesgos económicos de brindar el servicio.


Recomendaciones para los Prestadores de este Servicio Accesorio


1.- Conocer la Ley de Establecimientos Mercantiles en su Estado y el Reglamento de Estacionamientos del Municipio, o en su caso, el Código Reglamentario de su Municipio, o documento similar, en donde se regule la operación de los servicios de estacionamiento, ya que pueden presentar variaciones importantes entre un municipio y otro.


2.- Verificar que la Póliza de Seguro de la empresa cuente con la Cobertura de Responsabilidad Civil Estacionamiento, que dicha póliza considere las coberturas en función del tipo de estacionamiento de que se trate, que el número de cajones se encuentre claramente indicado y que la Suma Asegurada sea congruente con lo que marca la normatividad.


3.- En función del tipo de operaciones que se realice, desarrollar las siguientes acciones:

a) Colocar letreros en el área de estacionamiento en donde se indique las situaciones por las cuales la empresa no se hace responsable. Si bien, la información de este tipo no libera a una empresa cuando tiene responsabilidades, en el caso de reclamaciones improcedentes, el letrero puede facilitar la atención al cliente.

b) Redactar cuidadosamente el texto a incluir en los Boletos del Estacionamiento

c) Tener establecidos procedimientos para atender los diferentes tipos de siniestro

d) En el caso de estacionamientos con acomodadores, al estar tomando en custodia la unidad, revisar y registrar en el boleto el estado físico de la unidad, y consultar con el cliente, si está dejando objeto de valor dentro de la misma. Muy importante que exista una ruta autorizada para los vehículos cuando se conducen en la vía pública y que ésta sea respetada.

e) En el caso de un siniestro, colaborar con el cliente en la medida de lo posible para identificar el responsable del daño ocurrido, ya sea mediante testigos, cámaras de video, etc.


4.- Tomar en consideración que es una obligación para el establecimiento, tomar las precauciones y medidas necesarias para evitar que se cause daño a los vehículos mientras se encuentren dentro del mismo, para lo cual se deberá contar con herramientas y aditamentos de protección, tales como extinguidores, botes areneros, palas, señalamiento de entrada y salida, así como la velocidad máxima permitida.

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