A partir del año 2003, todos los hoteles en México están obligados a contar con un Seguro de Responsabilidad Civil (Norma NOM-07-TUR-2002). El objetivo de la norma es que los prestadores de los servicios turísticos de hospedaje, puedan responder oportuna y adecuadamente a las responsabilidades en que puedan incurrir por la prestación de sus servicios.
Existen todavía muchos establecimientos que no cuentan con este seguro, y desafortunadamente, una de las principales causas es el desconocimiento sobre la propia norma y sobre sus beneficios. Es por ello, que en este post hablaremos sobre este tipo de pólizas, sus características, la forma de obtenerlo y su costo.
¿Qué obligaciones establece esta norma para los Hoteles?
La NOM-07-TUR-2002 señala que los Hoteles están obligados a contratar un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra con algunos requisitos mínimos.
Asimismo, indica también que el prestador de servicios turísticos debe informar de ello al turista o usuario mediante avisos colocados en la recepción, en la habitación o en el reglamento interior del establecimiento de hospedaje.
¿Qué cobertura debe considerar esta Póliza?
El Seguro debe tener la Cobertura que se denomina “Responsabilidad Civil Actividades e Inmuebles” que tiene como objetivo proteger al hotel contra hechos u omisiones que causen la muerte o afecte la salud de los usuarios, o que generen el deterioro, pérdida o la destrucción de bienes propiedad de los mismos, derivados de:
- Sus actividades como prestador de servicios turísticos
- La responsabilidad como propietario o arrendatario de terrenos, edificios o locales utilizados para su actividad
- La prestación de servicios básicos y complementarios
- La responsabilidad civil legal de empleados y trabajadores por sus funciones
¿Cuál debe ser la Suma Asegurada para esta Cobertura?
El monto mínimo debe ser el que resulta de multiplicar el 25% del total del número de habitaciones instaladas por establecimiento por 790 UMA’s (Unidades de Medida y Actualización).
En caso de que exista algún evento que requiera indemnización por parte del Seguro, los Hoteles están obligados a restituir la Suma Asegurada a su monto original.
Cabe señalar que si el hotel cuenta con menos de 40 Habitaciones, se debe establecer como base un total de 10 habitaciones por 790 UMA’s (para el año 2021, la UMA es de $89.62, por lo que la Suma Asegurada Mínima para cualquier Hotel asciende a $707,998.00).
¿Cuáles son los beneficios de contar con este Seguro Obligatorio?
El Seguro busca crear conciencia de prevención en el sector, y como instrumento financiero permite:
- Liberar a los prestadores de servicios de problemas derivados por algún accidente o contingencia y de su impacto financiero.
- Brindar un valor agregado de seguridad a tus clientes, lo cual puede considerarse como una mejora en la calidad de tus servicios.
- Fortalece la viabilidad de tu negocio en el largo plazo, otorgándote la tranquilidad de sentirte respaldado en el caso de una contingencia.
¿Quién se encarga de la vigilancia de esta norma?
La Secretaría de Turismo es la responsable de la vigilancia y verificación de la norma,
independientemente de la competencia que tenga la PROFECO.
¿Cuál es el costo de un Seguro de este tipo?
Existen diferentes tipos de pólizas en el mercado. Podemos encontrar pólizas:
a) Con una cobertura básica de Responsabilidad Civil con una Suma Asegurada de $1’000,000.00 desde $2,500.00 pesos.
b) Con coberturas adicionales de Responsabilidad Civil para el Hotel, como pueden ser: Guardarropa, Equipaje y Efectos de Huéspedes, Lavado y Planchado, Recepción de Dinero y Valores de Huéspedes, con precios a partir de $4,000.00 pesos, en función de las Sumas Aseguradas.
¿Cómo puedo cotizar un Seguro de este tipo para mi Hotel?
Para cotizar una póliza, solamente se necesita proporcionar el Nombre del Asegurado, la dirección completa de donde se encuentra el Hotel y el Número de Habitaciones. En el caso de Certus Agencia de Seguros, nuestros clientes lo hacen a través de nuestra forma de consulta.
Una vez enviada esta información, en un plazo máximo de 24 horas, proporcionamos una propuesta.
¿Puedo contratar la póliza a través de Internet?
De hecho, hoy en día resulta más práctico hacer la contratación por Internet.
Una vez que estás de acuerdo en la propuesta, es necesario que proporciones por correo electrónico la información legal que te identifique (Identificación Oficial, Comprobante de Domicilio, Constancia de Situación Fiscal), para que pueda generarse la póliza, la cual es emitida directamente por una aseguradora junto con los recibos de pago.
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