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Seguros y Riesgos Empresariales 

Los principios del Seguro



Un principio puede considerarse como una regla o instrucción que debe respetarse o cumplirse con el fin de alcanzar un propósito o lograr un objetivo.


En términos prácticos, la actividad aseguradora está basada en algunos principios, los cuales están plasmados en Leyes y Reglamentos.


No es necesario leer la Ley del Contrato de Seguro o el Reglamento de Agentes de Seguros, para poder comprender mejor la operación de una póliza de seguro. Conocer los principios bajo los cuales se sustenta la actividad aseguradora, sin duda alguna, es de gran apoyo para una correcta gestión de riesgos. A continuación describimos lo que en nuestra opinión son los cuatro principios más representativos.


1.- Principio de Buena Fe:


Sobre este principio se sustenta la validez del contrato o póliza de seguro y establece que las partes se rigen por actos de absoluta veracidad, a fin de evitar todo intento de dolo o mala intención.


Este principio es especialmente importante: a) Durante el llenado de la solicitud de seguro en la que se deben declarar los hechos relevantes que permitan a la aseguradora calificar adecuadamente los riesgos; b) Posterior a la contratación del seguro, cuando se identifiquen situaciones que modifiquen las condiciones de riesgo, especialmente, cuando se agrava el riesgo y; c) Al momento de un siniestro y durante el proceso de reclamación del mismo.


La Ley faculta a las empresas aseguradoras a dar por rescindido el contrato cuando éstas detectan que el asegurado ha hecho declaraciones falsas para la apreciación del riesgo, tratando de engañar o de ocultar algo para lucrar con el seguro.


2.- Principio de Indemnización:


La forma más práctica de ilustrar este principio es con la frase: “El seguro no es para ganar, el seguro es para no perder”, es decir, el seguro no busca que exista un afán de lucro por parte del asegurado, el seguro parte de la base que permite garantizar solamente una protección que libere de una pérdida o daño al asegurado.


Bajo este principio, se tiene como premisa que la aseguradora debe colocar al asegurado en la misma situación en que se encontraba justo antes del siniestro. Este principio no se cumple únicamente con la indemnización, ya que puede resultar más conveniente para ambas partes la reposición, reparación o sustitución (Sea cual sea la figura, debe basarse en el principio de no generar lucro para ninguna de las partes).


En el caso del Seguro de Daños, si el asegurado sobreestima el valor de un activo y declara en la póliza una Suma Asegurada por arriba de su valor, al momento de un siniestro la aseguradora indemnizará solamente hasta por el valor del bien (conforme a los criterios establecidos en la póliza) y no por la Suma Asegurada.


3.- Principio de Interés Asegurable:


Este principio establece que el asegurado deberá de demostrar que una pérdida proveniente de un evento o siniestro lo afecta, lo daña o lo perjudica.


En otras palabras, el principio determina que debe existir un interés económico por parte del asegurado para que no se produzca el siniestro. Este principio es lo que le da derecho a una persona a asegurar.


En el caso del Robo de un Automóvil, como parte del proceso de reclamación el asegurado debe demostrar la propiedad de la unidad o en su caso, la razón por la cual tenía un interés en que dicha unidad no se viera afectada.


4.- Principio de Subrogación:


Hemos comentado que al momento de un siniestro, las aseguradoras indemnizan a sus asegurados hasta por la afectación económica que hayan experimentado. En ocasiones, existe un tercero responsable por estos daños.


Mediante este principio, se establece que una vez que la aseguradora ha indemnizado al asegurado, los derechos de recuperación de dichos daños deben ser transferidos a la aseguradora, con el propósito de que ésta continúe con los procesos de recuperación.


La aseguradora solo tiene derecho a beneficiarse por la subrogación hasta por el monto de lo que pagó.


En algunos tipos de pólizas de seguro, es necesario que los asegurados tengan presente este principio. Es el caso, del seguro de transporte de carga, en donde en los siniestros existe la posibilidad de que exista un tercero responsable y por lo tanto, el asegurado debe efectuar algunas acciones para mantener a salvo los derechos de cobro de la aseguradora.



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